Actividades y requisitos del beneficiario
en la carta
A través de los Decretos N° 234/2021 y N° 836/2021, el Poder Ejecutivo en Argentina estableció un sistema de promoción de inversiones para exportaciones (régimen’), otorgando beneficios a quienes realicen una inversión directa en moneda extranjera de no menos de $100 millones para: (i) nuevas inversiones; o (ii) para expandir una unidad de negocio existente a actividades industriales forestales, mineras, de hidrocarburos, manufactureras y agroindustriales (“Proyecto“).
Las empresas nacionales o extranjeras pueden solicitar su ingreso al régimen mediante la presentación de un “proyecto de inversión exportadora” en las áreas de actividad antes mencionadas ante los Ministerios de Economía y Fomento Productivo.
Los países incluidos en el régimen tienen derecho a utilizar hasta el 60% del producto de las exportaciones relacionadas con el proyecto para: (i) el pago de capital e intereses de deudas comerciales o financieras con el exterior; (ii) distribución de utilidades y dividendos según cuentas cerradas y auditadas; y/o (ii) la repatriación de inversiones directas de no residentes (“Destinos”).
Los beneficios otorgados incluyen:
- Hasta 20% los ingresos de las exportaciones relacionadas con el proyecto pueden ser utilizados para los destinos si el proyecto implica inversiones entre $ 100 millones y $ 500 millones.
Este beneficio no podrá exceder un máximo anual de 25% del monto bruto de las entradas de divisas y puede aplicarse después de un año a partir de la fecha efectiva de las ganancias de divisas.
- Hasta 40% los ingresos de las exportaciones relacionadas con el proyecto pueden ser utilizados para los destinos si el proyecto implica inversiones entre $ 500 millones y $ 1 mil millones
- Hasta 60% de los ingresos de las exportaciones relacionadas con el proyecto se pueden utilizar para los destinos si el proyecto incluye inversiones que van más allá de eso $ 1 mil millones
Para los puntos (ii) y (iii), el rendimiento no debe exceder un máximo anual de 40% o 60%del monto bruto de divisas importadas al país y se puede acceder dos años calendario después de la primera entrada de divisas para iniciar el proyecto.
- Estabilidad regulatoria en materia cambiaria por 15 años, lo que significa que la mencionada ventaja no puede verse afectada por regulaciones cambiarias que puedan crear condiciones más onerosas.
El plazo para reclamar los beneficios que otorga el régimen es de tres años, contados a partir del 6 de abril de 2021, pudiendo prorrogarse su vigencia por el período correspondiente.
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