La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Dispositivos Médicos (“ANMAT”) ha emitido la Resolución 6924/2022 (la “Resolución”), que incluye el Decreto N° 151/2022 (el “Decreto”) y la Ley N° 27.642 sobre alimentación saludable (la “Ley”) al establecer nuevos lineamientos para la aplicación de la Ley (conozca más sobre esta Ley aquí)
La resolución prohíbe la publicidad, promoción y patrocinio de alimentos envasados y/o bebidas no alcohólicas que contengan al menos una etiqueta en el frente del envase cuando dichas promociones estén dirigidas a menores de edad o adolescentes.
Esta prohibición se aplica a todos los productos, ya sean locales o importados, y a las campañas de cualquier tipo, tradicionales o digitales.
La resolución también establece que la publicidad de productos que contengan al menos un rótulo en el frente del empaque no debe contener personajes infantiles, actores humanos, dibujos animados, personajes licenciados o caricaturas de cualquier procedencia y técnica de animación, celebridades, deportistas, mascotas, ni la entrega de premios o regalos.
En los demás casos -es decir, cuando la publicidad, promoción o patrocinio no se dirija específicamente a niños y jóvenes- tales acciones deberán proporcionar información adecuada sobre el producto, describir sus características con precisión y sin malentendidos, y proporcionar información veraz, exacta y clara.
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